17 de mayo de 2018, 15:00 a 17:00 horas
Lugar: Escuela Central, Sala 4 “Piedad Moscoso”.
Antecedentes:
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha reconocido que los países de las Américas cuentan con una larga tradición de preocupación de los derechos políticos de las mujeres que se ha visto reflejada en la adopción de diversas normas que consagran estos derechos. Fruto de este marco jurídico, y de la movilización de las organizaciones de mujeres, los avances en la participación política de las mujeres en la región ha logrado hitos importantes. Como resultado de la aplicación de las leyes de cuota, y sobre todo de la paridad, la presencia de las mujeres en el poder legislativo ha aumentado en los últimos años y en la actualidad, las Américas es una de las regiones del mundo con más mujeres parlamentarias.
Sin embargo, todavía queda lejos lograr el 50% de la representación, meta que se fija en consonancia con el peso poblacional de las mujeres. La participación de las mujeres en otras instituciones del Estado, como el poder judicial, los gabinetes ministeriales y los gobiernos locales, es todavía menor. Las investigaciones han mostrado que la presencia de las mujeres es igualmente limitada en otros espacios clave de la vida política, como son las dirigencias de los partidos políticos. En otras palabras, todavía persiste la brecha entre los derechos políticos consagrados en el marco jurídico y la participación política de las mujeres en la práctica.
El problema de la subrepresentación de las mujeres es el reflejo de la discriminación que enfrentan las mujeres en la vida pública, y la violencia política que se ejerce contra ellas constituye una de sus peores manifestaciones. Actos como impedir el voto a una mujer, el uso de la violencia sexual contra candidatas electorales; la quema de materiales de campaña electoral a mujeres; las presiones para la renuncia a los cargos; los juicios continuos contra las mujeres en los medios de comunicación, principales perpetradores de violencia simbólica que, basados en prejuicios y estereotipos, socavan la imagen de las mujeres como líderes políticas eficaces; los mensajes violentos y las amenazas que reciben muchas mujeres que ocupan cargos públicos a través de las redes sociales, que a menudo afectan también a sus familiares; constituyen solo algunos de los actos de violencia que enfrentan las mujeres, por el hecho de serlo, en el ejercicio de sus derechos políticos. Tristemente, esta región ha llegado incluso a ser testigo del femicidio de mujeres por motivos políticos.
En este contexto, la Sexta Conferencia de los Estados Parte de la Convención, impulsada por el Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belem do Para (MESECVI), adoptó en 2015 la Declaración sobre la Violencia y el Acoso Políticos, que constituye el primer acuerdo regional íntegro sobre violencia política y supone el reconocimiento de la existencia del problema de la violencia política contra las mujeres en el ámbito internacional. La Declaración reconoce:
• Que la violencia contra las mujeres en la vida política impide que se les reconozca como sujetos políticos y por lo tanto, desalientan el ejercicio y continuación de las carreras políticas de muchas mujeres;
• Que la tolerancia de la violencia contra las mujeres invisibiliza esta violencia, lo que obstaculiza la elaboración y aplicación de políticas para solventar el problema;
• Que la utilización de la violencia simbólica como instrumento de discusión política afecta gravemente al ejercicio de los derechos políticos de las mujeres;
• Que la mayor visibilidad de esta violencia contra las mujeres está vinculada al aumento de la participación política de las mujeres, en particular en los cargos de representación política, que a su vez, es consecuencia de la aplicación de cuotas de género y de la paridad, medidas que han sido adoptadas por un número importante de países de las Américas. En otras palabras, a mayor participación política de las mujeres, se han intensificado las formas de discriminación y violencia contra ellas;
• Que la violencia contra las mujeres en la vida política reviste particular gravedad cuando es perpetrada por autoridades públicas;
En seguimiento a este acuerdo, el Comité de Expertas del MESECVI adopta en 2016 la Ley Modelo Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en la Vida Política1, con el propósito de facilitar el proceso de armonización de la Convención de Belém do Pará con los marcos jurídicos nacionales en materia de violencia contra las mujeres en la vida política. Esta Ley Modelo representa el primer esfuerzo de alcance regional por definir el problema de la violencia política contra las mujeres incorporando el marco jurídico interamericano e internacional; así como por identificar a los órganos responsables y las pautas de actuación en relación con la prevención, atención, sanción y reparación de esta violencia, entre los que destaca el papel de los Mecanismos Nacionales de las Mujeres; así como por determinar qué tipo de actos de violencia política deben sancionarse, distinguiendo entre faltas graves y gravísimas, y delitos penales, señalando una serie de sanciones específicas que pueden aplicarse.
Entre las contribuciones más importantes de la Ley Modelo es la consagración del derecho de las mujeres a una libre de violencia política y la definición del concepto de violencia contra las mujeres en la vida política, en seguimiento a lo establecido en la Convención de Belem do Para y la CEDAW. El concepto de “violencia contra las mujeres en la vida política” abarca toda manifestación de violencia en el ámbito político dirigida contra las mujeres por el hecho de serlo, o que afecta a las mujeres desproporcionadamente, cuyo objetivo o resultado es impedir total o parcialmente a las mujeres gozar de sus derechos políticos.
Así, esta violencia se produce por el hecho de ser mujer y participar en el espacio público y político, teniendo presente que no es el espacio físico donde se realiza la violencia el que la define, sino las relaciones de poder que se producen en ese espacio. Asimismo, en seguimiento a las provisiones establecidas en la Convención, la Ley Modelo también distingue los ámbitos en los que puede ocurrir la violencia política, como son el ámbito privado o familiar, que puede darse cuando la pareja impide el voto a la mujer o la posibilidad de acudir a las urnas; el ámbito público, refiriéndose a la violencia que puede ocurrir, por ejemplo, en un partido político, una asociación de vecinos o a través de un medio de comunicación; y en el ámbito estatal, como es el caso de la violencia perpetrada por personas que ocupan cargos de gobierno.
En su Exposición de Motivos la Ley Modelo reconoce lo siguiente:
• Que la violencia política que se ejerce contra las mujeres constituye una grave violación de los derechos humanos de las mujeres y es una amenaza principal para la democracia;
• La violencia política por razones de género impide que las mujeres contribuyan a la toma de decisiones que afectan a sus vidas, y se beneficien de este proceso, al restringir sus opciones y limitar su capacidad para influir en la vida política;
• La eliminación de la violencia política contra las mujeres es condición esencial para la democracia y la gobernabilidad en el hemisferio;
• La situación de vulnerabilidad que pueden sufrir las mujeres por la intersección con otros factores de desigualdad;
• Reconoce que el ámbito local es donde las mujeres sufren más la violencia política;
Uno de los aspectos más innovadores de la Ley Modelo es el establecimiento del vínculo entre la violencia política contra las mujeres y el logro de la paridad política, tomando como referencia el trabajo que la CIM ha desarrollado en este ámbito. Esta perspectiva, quedó plasmada en la Declaración sobre la Violencia y el Acoso Políticos, que afirma que el problema de la violencia política contra las mujeres pone de manifiesto que el logro de la paridad política en democracia no se agota con la adopción de la cuota o de la paridad electoral, sino que requiere de un abordaje integral que asegure por un lado, el acceso igualitario de mujeres y hombres en todas las instituciones estatales y organizaciones políticas, y por otro, que asegure que las condiciones en el ejercicio están libres de discriminación y violencia contra las mujeres en todos los niveles y espacios de la vida política. La paridad se mide así no solamente por el número de mujeres que ocupan el espacio público y político, y particularmente los cargos de dirección, sino que también considera la existencia de determinadas condiciones igualitarias para la realización efectiva de los derechos políticos. La erradicación de la violencia política contra las mujeres se configura así como una condición de la paridad.
Los avances nacionales que se han dado para combatir esta violencia, principalmente en Bolivia y México, y las herramientas que han trabajado los organismos internacionales y regionales particularmente la Ley Modelo, proporcionan el marco adecuado para continuar los debates sobre cómo enfrentar de forma eficaz esta violencia y las medidas que se requieren para la protección de los derechos políticos de las mujeres en la práctica.
Objetivo General:
A partir de la experiencia que nos compartirán las invitadas de Bolivia y México, los dos países que más han avanzado en el establecimiento de políticas para enfrentar la violencia contra las mujeres en la política y de los avances que se han producido desde las organizaciones internacionales y regionales, en particular considerando la Ley Modelo, así como de los testimonios de las participantes del Taller en el conversatorio, este Taller buscará entregar herramientas a las mujeres para combatir esta violencia respondiendo a las siguientes preguntas:
• ¿Qué acciones, formales e informales, por ejemplo de apoyo entre mujeres, puede tomar una mujer que se encuentra en situación de violencia política?
• ¿Qué respuestas pueden ofrecer los gobiernos locales y los partidos políticos?
• ¿Cuál es el rol de las asociaciones de mujeres municipalistas en el combate de esta violencia?
Participantes:
• Alcaldesas y concejalas participantes en la Cumbre
• Representantes de organizaciones de mujeres
• Representantes de otras instituciones públicas participantes en la Cumbre
• Representantes de partidos políticos
• Representantes de órganos electorales
• Comunicadoras y comunicadores de medios públicos y privados
Formato y Metodología:
El taller considera los siguientes momentos:
• Bienvenida, presentación de las participantes, así como de la metodología y reglas de convivencia;
• Conferencia sobre los avances y desafíos para el ejercicio efectivo de los derechos políticos de las mujeres en las democracias de América Latina;
• Presentación de la Ley Modelo Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en la Vida Política;
• Conversatorio: Proteger el derecho de las mujeres a una vida política libre de violencia.
Los ejes del debate, tanto para las presentaciones de las panelistas como de las comentaristas son cuatro:
• Reconocimiento del problema de la violencia contra las mujeres en la vida política
• ¿Qué pueden hacer las mujeres que se encuentran en situación de violencia política?
• Medidas que los gobiernos locales, los partidos políticos y órganos electorales pueden adoptar para proteger el derecho de las mujeres a una vida política libre de violencia.
• El rol de las asociaciones de mujeres municipalistas en las prestación de servicios de apoyo y asesoramiento a mujeres en situación de violencia política.
Luego de una presentación de diez minutos de las expositoras de México y Bolivia que cubra de forma resumida los cuatro ejes temáticos del debate, se abre un debate con la audiencia sobre estos mismos ejes.
Lectura de los Llamados a la Acción y cierre del Taller
El taller se cerrará con dos llamados: Llamado a la acción a las asociaciones de mujeres municipalistas ante la violencia contra las mujeres en la vida política y Llamado a la acción a los organismos internacionales, gobiernos y otros donantes públicos y privados para que incorporen el problema de la violencia contra las mujeres en la vida política como uno de los temas elegibles para recibir recursos.
Programa:
Jueves 17 de mayo |
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15:00h a 15:10 h. |
Bienvenida, presentación de las participantes, así como de la metodología y reglas de convivencia; |
15:10 a 15:20 h. |
Panorámica sobre los avances y desafíos para el ejercicio efectivo de los derechos políticos de las mujeres en las democracias de América Latina Line Bareiro, ONU Mujeres |
15:20 a 15:50 h. |
Presentación de la Ley Modelo Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en la Vida Política. A cargo de Experta MESECVI CIM/OEA |
15:50 a 16:50 h. |
Conversatorio: Proteger el derecho de las mujeres a una vida política libre de violencia El conversatorio se centrará en las siguientes preguntas: ¿Qué acciones puede tomar una mujer que se encuentra en situación de violencia política? ¿Qué respuestas pueden ofrecer los gobiernos locales, os partidos políticos y los órganos electorales? ¿Cuál es el rol de las asociaciones de mujeres municipalistas? ¿Cuál es la experiencia de los dos países en la región que más han avanzado en combatir esta violencia? Testimonios Línea 0 Intervienen:
Comentaristas:
Modera:
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16:50 a 17:00 h. |
Lectura del Llamado a la acción a las asociaciones de mujeres municipalistas ante la violencia contra las mujeres en la vida política y del Llamado a la acción a los organismos internacionales, gobiernos y otros donantes públicos y privados para que incorporen el problema de la violencia contra las mujeres en la vida política como uno de los temas elegibles para recibir recursos.
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Fecha y lugar
Escuela Central, Sala 4 “Piedad Moscoso”. Cuenca, Ecuador. 17 de mayo de 2018. 15:00 horas
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